Ediciones Arracimada

miércoles, 7 de noviembre de 2012

formación ciudadana: formación para el capital


Acerca de la formación de la ciudadanía, las competencias ciudadanas y la evaluación: Más de 10 años del mismo discurso oficial.

Entre el 31 de octubre y el 3 de Noviembre del 2012 se realizó en Bogotá el foro Educativo Nacional, cuyo lema fue “Educar para la ciudadanía es educar para la Paz.”  Llama la atención que el discurso oficial sobre este tema permanezca sin modificaciones  respecto  a la propuesta que se presentó  e implementó hace más de 10 años.  Surgen entonces preguntas como las siguientes ¿Qué hechos políticos y económicos presionan para que este discurso no se modifique?  ¿Por qué en Colombia sólo se escucha a algunos expertos sobre el tema? ¿Qué ha aportado el magisterio para enriquecer la discusión sobre el tema? ¿Qué se debe hacer para que otras opciones y visiones sean escuchadas?

Para abordar la discusión se presentará una serie de reflexiones que contempla los siguientes temas.

1.      El discurso oficial sobre la formación ciudadana, competencias ciudadanas y evaluación: Más de 10 años hablando de lo mismo.

2.      El concepto de competencia una aplicación del pensamiento economicista

3.      El concepto de competencias ciudadanas y los determinantes ideológicos

4.      Una reconceptualización del  concepto  “competencias ciudadanas”

5.      Un enfoque liberador en la educación ciudadana.

En esta primera entrega se aborda el discurso oficial sobre la formación ciudadana evidenciado su poca variación en el tiempo.

El Ministerio de Educación Nacional de Colombia en la presentación de la conceptualización elaborada para definir las competencias ciudadanas, parte de la identificación de un marco normativo, desde el cual es posible hablar de competencias ciudadanas en la Educación del país. Dicho marco está referido a la Constitución Política de 1991 y a la Ley general de Educación.

En la Constitución política de Colombia 1991 se consagra:

Artículo 41. “En todas las instituciones de educación, oficiales o privadas, serán obligatorios el estudio de la Constitución y la Instrucción Cívica. Así mismo se fomentarán prácticas democráticas para el aprendizaje de los principios y valores de la participación ciudadana. El Estado divulgará la Constitución”.

En la Ley General de educación se plantea:

Artículo 1. Objeto de la ley. “La educación es un proceso de formación permanente, personal cultural y social que se fundamenta en una concepción integral de la persona humana, de su dignidad, de sus derechos y de sus deberes”. Luego, define el enfoque de la Educación Ciudadana en el marco de la Constitución Política, resaltando los siguientes elementos:

- El desarrollo de una subjetividad para la democracia;

- El aporte en la construcción de una cultura política para la democracia y

- El conocimiento de las instituciones y la dinámica política, ejes que a su vez articulan las nociones de constitución, democracia y educación cívica.

Y en este contexto, presenta la siguiente definición de ciudadanía :

Condición política a partir de la cual actuamos en la esfera pública en la definición de nuestro propio destino como individuos y como sociedad. Esto implica que las personas puedan usar sus habilidades (cognitivas, emocionales, comunicativas) y sus conocimientos de manera flexible y proponer alternativas creativas y novedosas para la resolución de los problemas individuales y sociales, de manera cada vez más inteligente, comprensiva, justa y empática. (MEN, 2003).

Esta definición de ciudadanía se articula con las competencias ciudadanas que son definidas como “Conjunto de conocimientos, actitudes y habilidades— cognitivas, emocionales y comunicativas—que, apropiadamente articuladas entre sí, hacen que el ciudadano democrático esté dispuesto a actuar y actúe de manera constructiva en la sociedad democrática.”(Estándares, 2004).

En este marco institucional para la educación ciudadana se encarga a la escuela como la responsable de garantizar que se forme y desarrollen las competencias ciudadanas. En el documento de los Estándares se aclara este propósito a partir de las siguientes argumentaciones:

La escuela es un lugar privilegiado para practicar en ambientes reales las Competencias Ciudadanas. Las relaciones que se dan en la escuela pueden modelar un sistema social en el que todos aprenden a participar en la toma de decisiones e ir creando una verdadera cultura democrática y de convivencia. Las Competencias Ciudadanas brindan las herramientas básicas para que las personas puedan respetar, defender y promover los Derechos Humanos.

• El desarrollo de las Competencias Ciudadanas le compete a todas las instancias de la institución escolar, a sus directivas y docentes.

Todos los docentes pueden contribuir a la formación ciudadana integrándola con la enseñanza de sus áreas académicas.

• Las dinámicas cotidianas en el aula son oportunidades para generar actividades, reflexiones y discusiones valiosas para el desarrollo y práctica de las Competencias Ciudadanas.

En este contexto se asume, por parte del Ministerio de Educación, como marco fundamental de la Educación Ciudadana el respeto y defensa de los Derechos Humanos; marco que exige el desarrollo de habilidades y conocimientos necesarios para la orientación y regulación pacífica de la convivencia en condiciones de respeto a la dignidad humana.

El Diseño del programa de educación ciudadana, parte de la concepción elaborada respecto a las competencias ciudadanas tal como fueron presentadas en los Estándares; atendiendo a la clasificación en grupo y tipos de competencias.

Grupos de Competencias ciudadanas

Convivencia y paz: entendida como la capacidad de las personas para establecer relaciones sociales y humanas de calidad, fundamentadas en el cariño, la empatía, la tolerancia, la solidaridad y el respeto por los demás. “Se basa en la consideración de los demás y, especialmente, en la consideración de cada persona como ser humano.” (Estándares Básicos Competencias Ciudadanas 2004).

 

Participación y responsabilidad democrática: se orienta hacia la toma de decisiones en diversos contextos; teniendo en cuenta que dichas decisiones deben respetar, tanto los derechos fundamentales de los individuos, como los acuerdo, las normas, las leyes y la constitución que rigen la vida en comunidad

Pluralidad, identidad y valoración de las diferencias: Implica el reconocernos como un país pluriétnico y pluricultural.

Parte del reconocimiento y disfrute de la enorme diversidad humana y tiene, a la vez como límite, los derechos de los demás. Implica el reconocimiento de una igual dignidad en todas las personas partiendo de la valoración de sus características de género, etnia, religión, cultura, grupo social, entre otros. Dicha inclusión parte de:

Legitimar las particularidades y diversas formas de ser, vivir y creer, y garantizar la igualdad de derechos.

Tipo de competencias ciudadanas

Teniendo en cuenta la conceptualización general del concepto competencias ciudadanas, se propone una tipificación de dichas competencias de manera tal que de repuesta a los requerimientos de orden cognitivo, emocional y comunicativo. En los Estándares Básicos de Competencias Ciudadanas se precisa esta tipificación de la siguiente manera:

Conocimientos

Se refiere a la información que los estudiantes deben saber y comprender acerca de ejercicios de ciudadanía. Si bien esta información es importante, no es suficiente para el ejercicio de la ciudadanía y se necesitan las demás competencias.

Competencias cognitivas

Se refiere a la capacidad para realizar diversos procesos mentales, fundamentales en el ejercicio ciudadano, tales como la identificación de las consecuencias de una decisión, la descentración, la coordinación de perspectivas, la argumentación, la reflexión y el análisis crítico, entre otras.

Competencias emocionales

Son las habilidades necesarias para la identificación y respuesta constructiva ante las emociones propias y la de los demás. Por ejemplo la capacidad para reconocer los propios sentimientos y tener empatía, es decir sentir lo que otros sienten.

Competencias comunicativas

Son aquellas habilidades necesarias para establecer un diálogo constructivo con las otras personas. Por ejemplo la capacidad escuchar atentamente los argumentos ajenos y para comprenderlos a pesar de no compartirlos. O la capacidad para poder expresar asertivamente, es decir, con claridad, firmeza y sin agresión, los propios puntos de vista.

Competencias integradoras

Articulan, en la acción misma, todas las demás. Por ejemplo la capacidad para manejar conflictos pacífica y constructivamente, que es una competencia integradora, requiere de ciertos conocimientos sobre las dinámicas de los conflictos, de algunas capacidades cognitivas como la habilidad para generar ideas y opciones creativas ante una situación de conflicto, de competencias emocionales como la autorregulación de la rabia y de ciertas competencias comunicativas como la capacidad para transmitir asertivamente los propios intereses.

 

Esta políticas gubernamentales fueron socializadas internacionalmente por  Juana Inés Díaz Tafur, viceministra de educación preescolar, básica y media, en el gobierno colombiano en el año 2004,  en la sesión extraordinaria del Consejo Permanente de la O.E.A. realizó una presentación sobre las competencias ciudadanas en la que precisó el concepto y su función. Según lo expuesto por la viceministra las competencias se hacen propiamente ciudadanas en:

- El respeto, la promoción y la defensa de los derechos humanos

- La construcción activa de la convivencia pacífica

- La participación responsable y constructiva de los procesos democráticos, y

- El respeto a la pluralidad y los valores de las diferencias tanto en el entorno cercano, como en la comunidad, país o a nivel internacional.”

Así mismo, en los lineamientos curriculares para la Educción Ética y Valores Humanos, en el apartado titulado Raíces y ramas de la discusión ética, se consigna:

El actuar ético y moral presupone la existencia de máximas y de principios que a nivel colectivo se cristalizan en el derecho. Con ello no estamos diciendo que todos los comportamientos éticos y morales deben concretarse en disposiciones jurídicas positivas o ser asimilados a éstas, estamos señalando las conexiones de ciertos núcleos éticos con disposiciones jurídicas y políticas. Las normas y las leyes deben generar su propia legitimidad en el campo ético y moral de ciertos principios para que tenga fuerza material en la vida de las sociedades.

En este balance de la evolución política y filosófica de la humanidad merece un lugar destacado el desarrollo de la conciencia de la dignidad de la especie humana y de cada uno de sus miembros en particular, que sólo es posible con la idea de los Derechos Humanos.

Éstos, cada vez más, adquieren mayor significación histórica y se convierten en herramienta espiritual y en herramienta legal positiva para todos aquellos que tienen que reclamar y luchar por la emancipación política y social, o lo que es lo mismo, por condiciones de dignidad, de libertad, de justicia, de equidad y de paz. (Lineamientos Curriculares).

En este mismo sentido, en los estándares básicos de competencias ciudadanas se plantea una concepción de ciudadanía fundamentada en los derechos humanos:

En la concepción de ciudadanía que subyace a los Estándares Básicos de Competencias Ciudadanas, la relación de los integrantes de la sociedad con el Estado, la exigibilidad y ejercicio de los derechos humanos y constitucionales, y la acción del ciudadano en la vía pública son fundamentales.”(Estándares,2006).

 

En el marco normativo de las competencias ciudadanas, se hace la siguiente referencia respecto a los derechos humanos:

Los seres humanos, conscientes de las dificultades de la vida en sociedad, han establecido unos acuerdos de suma importancia – unas normas legales fundamentales - para promover y proteger los principios básicos de la vida armónica en sociedad. Estos grandes acuerdos conforman el horizonte de formación de las competencias ciudadanas.

El más significativo de estos acuerdos es la Declaración Universal de los Derechos Humanos, en cuyo preámbulo se enuncia: …La libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana…”. El texto de dicha declaración, adoptada el 10 de diciembre de 1948 por la Asamblea General de las Naciones Unidas, se constituye en un “ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse” que debe ser “distribuido, expuesto, leído y comentado en las escuelas y otros establecimientos de enseñanza, sin distinción fundada en la condición política de los países o de los territorios”. Al ser los derechos humanos el marco de los Estándares Básicos de las Competencias Ciudadanas, formar en competencias ciudadanas significa formar en y para los Derechos Humanos.”1

Una reflexión similar se llevó a cabo en las mesas de trabajo del Plan Decenal de Educación, en el apartado 1.5, titulado Construcción de un país esperado, se consigna la siguiente referencia:

La educación es un instrumento para sensibilizar sobre las problemáticas nacionales, según lo afirmado por las mesas y, para ello, es necesaria la articulación entre educandos-familia comunidades educativas y la articulación entre educación, ciencia, tecnología y desarrollo, que asegure la inclusión de toda la población al sistema educativo, y el desarrollo de la ciudadanía.

La educación debe ser transformadora, que haga de Colombia una nación solidaria, sostenible, tolerante, democrática, comunitaria, responsable y con justicia social; donde primen la paz y la convivencia pacífica, la igualdad y el respeto por la diferencia, la historia y la cultura local, y donde se salvaguarden los derechos humanos. Todo lo anterior está claramente interconectado con la formación integral y la formación en valores, e influye en las competencias ciudadanas y educativas de los estudiantes y en el liderazgo de la escuela.

Gracias a una educación que capacita para enfrentar nuevos retos, un alto grado de pertenencia y de identidad, el reconocimiento de la diversidad cultural, étnica y social, articulado con un adecuado manejo de la ciencia y la tecnología, el país debe avanzar en su desarrollo productivo, en el de las comunidades locales y en el humano, jalonando el aumento del PIB y la erradicación del analfabetismo.”

No obstante que desde la institucionalidad se declaran los Derechos Humanos como un eje transversal en los procesos de educación ciudadana y de evaluación de las competencias ciudadanas, el enfoque que se expresa y materializa en el sistema educativo, toma en cuenta sólo los fundamentos del currículo construidos a partir de la filosofía, la pedagogía, la psicología y la sociología. No se incluye en ellos una reflexión desde la sociología jurídica, que garantice una comprensión más amplia de dicho concepto.

 

Diez años después el discurso oficial sobre las competencias ciudadanas no se ha modificado. En el foro llevado a cabo en noviembre del 2012, Margarita Peña Borrero en representación del ICFES (Instituto Colombiano para le Evaluación de la Educación),  realizó la siguiente presentación: (http://www.mineducacion.gov.co/cvn/1665/w3-article-313987.html).

 

Se formula la pregunta ¿Por qué se evalúan las competencias ciudadanas? Y para dar respuesta, hace referencia a la Constitución Política, La ley General de Educación y los Estándares.

 

Constitución política de Colombia, art. 67: “La educación formará al colombiano en el respeto a los derechos humanos, a la paz y a la democracia; y en la práctica del trabajo y la recreación, para el mejoramiento cultural, científico, tecnológico y para la protección del ambiente”.

 

Ley General de Educación (básica y media), art. 4.° estableció:

2. La formación en el respeto a la vida y a los demás derechos humanos, a la paz, a los principios democráticos, de convivencia, pluralismo, justicia, solidaridad y equidad, así como en el ejercicio de la tolerancia y de la libertad.

3. La formación para facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación.

6. El estudio y la comprensión crítica de la cultura nacional y de la diversidad étnica y cultural del país, como fundamento de la unidad nacional y de su identidad.

 

Los estándares de formación de competencias ciudadanas “se orientan a desarrollar las habilidades, destrezas y conocimientos sobre ciudadanía y convivencia en los estudiantes de todos los rincones del país.” (http://www.mineducacion.gov.co/1621/w3‐ article‐ 235147.html).

 

 

 

Es fundamental para la sociedad actual dar cuenta de la formación en competencias ciudadanas, por lo cual es prioritario incluirla como área de evaluación en las pruebas SABER que buscan medir los desempeños de los estudiantes.

 

Luego se pregunta: ¿Qué son las competencias ciudadanas? Y se responde así:

 

Las competencias ciudadanas son aquellas capacidades cognitivas, emocionales y comunicativas que, integradas entre sí y relacionadas con conocimientos y actitudes, hacen posible que el ciudadano actúe de manera activa, solidaria y democrática en la sociedad.

 

Luego se habla de los componentes de la prueba para evaluar competencias ciudadanas y los clasifica en cognitivos y no cognitivos.

 

Diseño de la prueba cognitiva: ¿qué se espera del estudiante?

Que pueda hacer ejercicios de análisis complejos, poniendo en juego sus conocimientos y habilidades ciudadanas.

Conocimientos acerca de los fundamentos de la Constitución.

Herramientas de pensamiento para enfrentar problemas sociales: valoración de argumentos, multiperspectivismo, pensamiento sistémico.

 

PRUEBA NO COGNITIVA

 

Dos competencias emocionales centrales para la ciudadanía: empatía y el manejo de las

emociones.  Estas competencias, en interacción con actitudes (elementos individuales) y con el ambiente de aula y del colegio, dan cuenta del ejercicio ciudadano. Se evalúan los siguientes aspectos: convivencia y paz; , Participación y Responsabilidad Democrática; Pluralidad, identidad y Valoración de las diferencias.

 

Se puede observar entonces que el concepto de ciudadanía, competencias ciudadanas y evaluación de las mismas, no se ha modificado desde el discurso oficial  una vez este se incorporó a la educación hace más de 10 años,  y  la razón de que este discurso se mantenga  obedece a el interés de  generar sujetos para el modelo del capital. Esto implica que la escuela se ve forzada a formar ciudadanos desde las concepciones de la democracia liberal burguesa, ciudadanos sujetados y reproductores del sistema, desde la opción del modelo económico neoliberal y ciudadanos que respondan una ética del deber, y la norma. Es decir, Los fundamentos de la formación ética y ciudadana centrado en la

heteronomía, el deber, el hábito, la tipificación y la objetivación, promuevan la formación de un sujeto ciudadano sujetado, normalizado, obediente, productor y reproductor del sistema.

 

Es urgente por lo tanto, adelantar el estudio y el debate de nuevas visiones de ciudadanía que piensa a los ciudadanos en libertad, para la libertad y desde la libertad, como garantía de humanidad.

 

 

BIBLIOGRAFÍA: ICFES. Pruebas Saber 2005.Marco de interpretación de resultados. Bogotá:

MEN, 2006.

--------. Estudio Internacional de Cívica y Ciudadanía ICCS 2009. Resumen

Ejecutivo. Bogotá: 2010.

--------. Nuevo Examen de Estado. Propuesta General. Bogotá: MEN, 1999,

MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL. Estándares Básicos de competencias en lenguaje, matemática, ciencias y ciudadanas. Lo que los estudiantes deben saber y saber hacer con lo que aprenden. Revolución educativa, Bogotá: Colombia Aprende, Primera edición, 2006. p. 148

--------. Lineamientos curriculares Educación ética y Valores Humanos. Bogotá: Edit, Magisterio, 1998.

--------. Estándares Básicos de Competencias ciudadanas. Formar para la ciudadanía si es posible. Bogotá, 2004.

 

PEREA, Carlos.(2011).  Las prácticas evaluativas de competencias ciudadanas y la construcción de subjetividades: un análisis sociojurídico. Bogotá: Universidad Externado de Colombia. Tesis doctoral.