Acerca de la formación de la ciudadanía, las
competencias ciudadanas y la evaluación: Más de 10 años del mismo discurso
oficial.
Entre el 31 de octubre y el 3 de
Noviembre del 2012 se realizó en Bogotá el foro Educativo Nacional, cuyo lema
fue “Educar para la ciudadanía es educar para la Paz.” Llama la atención que el discurso oficial
sobre este tema permanezca sin modificaciones
respecto a la propuesta que se
presentó e implementó hace más de 10
años. Surgen entonces preguntas como las
siguientes ¿Qué hechos políticos y económicos presionan para que este discurso
no se modifique? ¿Por qué en Colombia
sólo se escucha a algunos expertos sobre el tema? ¿Qué ha aportado el
magisterio para enriquecer la discusión sobre el tema? ¿Qué se debe hacer para
que otras opciones y visiones sean escuchadas?
Para abordar la discusión se
presentará una serie de reflexiones que contempla los siguientes temas.
1. El discurso oficial sobre la formación
ciudadana, competencias ciudadanas y evaluación: Más de 10 años hablando de lo
mismo.
2. El concepto de competencia una aplicación del
pensamiento economicista
3. El concepto de competencias ciudadanas y los
determinantes ideológicos
4. Una reconceptualización del concepto
“competencias ciudadanas”
5. Un enfoque liberador en la educación
ciudadana.
En esta primera entrega se aborda el
discurso oficial sobre la formación ciudadana evidenciado su poca variación en
el tiempo.
El Ministerio de Educación Nacional de
Colombia en la presentación de la conceptualización elaborada para definir las
competencias ciudadanas, parte de la identificación de un marco normativo,
desde el cual es posible hablar de competencias ciudadanas en la Educación del
país. Dicho marco está referido a la Constitución Política de 1991 y a la Ley
general de Educación.
En la Constitución política de
Colombia 1991 se consagra:
Artículo 41. “En todas las instituciones
de educación, oficiales o privadas, serán obligatorios el estudio de la
Constitución y la Instrucción Cívica. Así mismo se fomentarán prácticas
democráticas para el aprendizaje de los principios y valores de la
participación ciudadana. El Estado divulgará la Constitución”.
En la Ley General de educación se
plantea:
Artículo 1. Objeto de la ley. “La
educación es un proceso de formación permanente, personal cultural y social que
se fundamenta en una concepción integral de la persona humana, de su dignidad,
de sus derechos y de sus deberes”. Luego, define el enfoque de la Educación
Ciudadana en el marco de la Constitución Política, resaltando los siguientes
elementos:
- El desarrollo de una subjetividad
para la democracia;
- El aporte en la construcción de una
cultura política para la democracia y
- El conocimiento de las instituciones
y la dinámica política, ejes que a su vez articulan las nociones de
constitución, democracia y educación cívica.
Y en este contexto, presenta la
siguiente definición de ciudadanía :
Condición
política a partir de la cual actuamos en la esfera pública en la definición de
nuestro propio destino como individuos y como sociedad. Esto implica que las
personas puedan usar sus habilidades (cognitivas, emocionales, comunicativas) y
sus conocimientos de manera flexible y proponer alternativas creativas y novedosas
para la resolución de los problemas individuales y sociales, de manera cada vez
más inteligente, comprensiva, justa y empática. (MEN, 2003).
Esta definición de ciudadanía se
articula con las competencias ciudadanas
que son definidas como “Conjunto de conocimientos, actitudes y habilidades— cognitivas,
emocionales y comunicativas—que, apropiadamente articuladas entre sí, hacen que
el ciudadano democrático esté dispuesto a actuar y actúe de manera constructiva
en la sociedad democrática.”(Estándares, 2004).
En este marco institucional para la
educación ciudadana se encarga a la escuela como la responsable de garantizar
que se forme y desarrollen las competencias ciudadanas. En el documento de los
Estándares se aclara este propósito a partir de las siguientes argumentaciones:
La escuela es un
lugar privilegiado para practicar en ambientes reales las Competencias
Ciudadanas. Las relaciones que se dan en la escuela pueden modelar un sistema
social en el que todos aprenden a participar en la toma de decisiones e ir
creando una verdadera cultura democrática y de convivencia. Las Competencias Ciudadanas
brindan las herramientas básicas para que las personas puedan respetar,
defender y promover los Derechos Humanos.
• El desarrollo
de las Competencias Ciudadanas le compete a todas las instancias de la
institución escolar, a sus directivas y docentes.
Todos los
docentes pueden contribuir a la formación ciudadana integrándola con la
enseñanza de sus áreas académicas.
• Las dinámicas
cotidianas en el aula son oportunidades para generar actividades, reflexiones y
discusiones valiosas para el desarrollo y práctica de las Competencias
Ciudadanas.
En este contexto se asume, por parte
del Ministerio de Educación, como marco fundamental de la Educación Ciudadana
el respeto y defensa de los Derechos Humanos; marco que exige el desarrollo de
habilidades y conocimientos necesarios para la orientación y regulación
pacífica de la convivencia en condiciones de respeto a la dignidad humana.
El Diseño del programa de educación ciudadana,
parte de la concepción elaborada respecto a las competencias ciudadanas tal
como fueron presentadas en los Estándares; atendiendo a la clasificación en
grupo y tipos de competencias.
Grupos de Competencias ciudadanas
Convivencia y paz: entendida como la
capacidad de las personas para establecer relaciones sociales y humanas de
calidad, fundamentadas en el cariño, la empatía, la tolerancia, la solidaridad y
el respeto por los demás. “Se basa en la consideración de los demás y, especialmente,
en la consideración de cada persona como ser humano.” (Estándares Básicos
Competencias Ciudadanas 2004).
Participación y responsabilidad
democrática: se orienta hacia la toma de decisiones en diversos contextos;
teniendo en cuenta que dichas decisiones deben respetar, tanto los derechos
fundamentales de los individuos, como los acuerdo, las normas, las leyes y la
constitución que rigen la vida en comunidad
Pluralidad, identidad y valoración de
las diferencias: Implica el reconocernos como un país pluriétnico y
pluricultural.
Parte del reconocimiento y disfrute de
la enorme diversidad humana y tiene, a la vez como límite, los derechos de los
demás. Implica el reconocimiento de una igual dignidad en todas las personas partiendo
de la valoración de sus características de género, etnia, religión, cultura,
grupo social, entre otros. Dicha inclusión parte de:
Legitimar las particularidades y
diversas formas de ser, vivir y creer, y garantizar la igualdad de derechos.
Tipo de competencias ciudadanas
Teniendo en cuenta la
conceptualización general del concepto competencias ciudadanas, se propone una
tipificación de dichas competencias de manera tal que de repuesta a los
requerimientos de orden cognitivo, emocional y comunicativo. En los Estándares
Básicos de Competencias Ciudadanas se precisa esta tipificación de la siguiente
manera:
Conocimientos
Se refiere a la información que los
estudiantes deben saber y comprender acerca de ejercicios de ciudadanía. Si
bien esta información es importante, no es suficiente para el ejercicio de la
ciudadanía y se necesitan las demás competencias.
Competencias cognitivas
Se refiere a la capacidad para realizar
diversos procesos mentales, fundamentales en el ejercicio ciudadano, tales como
la identificación de las consecuencias de una decisión, la descentración, la
coordinación de perspectivas, la argumentación, la reflexión y el análisis
crítico, entre otras.
Competencias emocionales
Son las habilidades necesarias para la
identificación y respuesta constructiva ante las emociones propias y la de los
demás. Por ejemplo la capacidad para reconocer los propios sentimientos y tener
empatía, es decir sentir lo que otros sienten.
Competencias comunicativas
Son aquellas habilidades necesarias
para establecer un diálogo constructivo con las otras personas. Por ejemplo la
capacidad escuchar atentamente los argumentos ajenos y para comprenderlos a
pesar de no compartirlos. O la capacidad para poder expresar asertivamente, es
decir, con claridad, firmeza y sin agresión, los propios puntos de vista.
Competencias integradoras
Articulan, en la acción misma, todas
las demás. Por ejemplo la capacidad para manejar conflictos pacífica y
constructivamente, que es una competencia integradora, requiere de ciertos
conocimientos sobre las dinámicas de los conflictos, de algunas capacidades
cognitivas como la habilidad para generar ideas y opciones creativas ante una
situación de conflicto, de competencias emocionales como la autorregulación de
la rabia y de ciertas competencias comunicativas como la capacidad para transmitir
asertivamente los propios intereses.
Esta políticas gubernamentales fueron
socializadas internacionalmente por Juana
Inés Díaz Tafur, viceministra de educación preescolar, básica y media, en el
gobierno colombiano en el año 2004, en
la sesión extraordinaria del Consejo Permanente de la O.E.A. realizó una
presentación sobre las competencias ciudadanas en la que precisó el concepto y
su función. Según lo expuesto por la viceministra las competencias se hacen propiamente
ciudadanas en:
- El respeto, la promoción y la
defensa de los derechos humanos
- La construcción activa de la
convivencia pacífica
- La participación responsable y
constructiva de los procesos democráticos, y
- El respeto a la pluralidad y los valores
de las diferencias tanto en el entorno cercano, como en la comunidad, país o a
nivel internacional.”
Así mismo, en los lineamientos
curriculares para la Educción Ética y Valores Humanos, en el apartado titulado
Raíces y ramas de la discusión ética, se consigna:
El actuar ético y
moral presupone la existencia de máximas y de principios que a nivel colectivo
se cristalizan en el derecho. Con ello no estamos diciendo que todos los
comportamientos éticos y morales deben concretarse en disposiciones jurídicas
positivas o ser asimilados a éstas, estamos señalando las conexiones de ciertos
núcleos éticos con disposiciones jurídicas y políticas. Las normas y las leyes
deben generar su propia legitimidad en el campo ético y moral de ciertos
principios para que tenga fuerza material en la vida de las sociedades.
En este balance
de la evolución política y filosófica de la humanidad merece un lugar destacado
el desarrollo de la conciencia de la dignidad de la especie humana y de cada
uno de sus miembros en particular, que sólo es posible con la idea de los
Derechos Humanos.
Éstos, cada vez
más, adquieren mayor significación histórica y se convierten en herramienta
espiritual y en herramienta legal positiva para todos aquellos que tienen que
reclamar y luchar por la emancipación política y social, o lo que es lo mismo,
por condiciones de dignidad, de libertad, de justicia, de equidad y de paz.
(Lineamientos Curriculares).
En este mismo sentido, en los
estándares básicos de competencias ciudadanas se plantea una concepción de
ciudadanía fundamentada en los derechos humanos:
En la concepción
de ciudadanía que subyace a los Estándares Básicos de Competencias Ciudadanas,
la relación de los integrantes de la sociedad con el Estado, la exigibilidad y
ejercicio de los derechos humanos y constitucionales, y la acción del ciudadano
en la vía pública son fundamentales.”(Estándares,2006).
En el marco normativo de las
competencias ciudadanas, se hace la siguiente referencia respecto a los
derechos humanos:
Los seres
humanos, conscientes de las dificultades de la vida en sociedad, han
establecido unos acuerdos de suma importancia – unas normas legales
fundamentales - para promover y proteger los principios básicos de la vida
armónica en sociedad. Estos grandes acuerdos conforman el horizonte de
formación de las competencias ciudadanas.
El más
significativo de estos acuerdos es la Declaración Universal de los Derechos
Humanos, en cuyo preámbulo se enuncia: …La libertad, la justicia y la paz en el
mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los
derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana…”.
El texto de dicha declaración, adoptada el 10 de diciembre de 1948 por la
Asamblea General de las Naciones Unidas, se constituye en un “ideal común por
el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse” que debe ser
“distribuido, expuesto, leído y comentado en las escuelas y otros
establecimientos de enseñanza, sin distinción fundada en la condición política
de los países o de los territorios”. Al ser los derechos humanos el marco de
los Estándares Básicos de las Competencias Ciudadanas, formar en competencias
ciudadanas significa formar en y para los Derechos Humanos.”1
Una reflexión similar se llevó a cabo
en las mesas de trabajo del Plan Decenal de Educación, en el apartado 1.5, titulado
Construcción de un país esperado, se consigna la siguiente referencia:
La educación es
un instrumento para sensibilizar sobre las problemáticas nacionales, según lo
afirmado por las mesas y, para ello, es necesaria la articulación entre
educandos-familia comunidades educativas y la articulación entre educación,
ciencia, tecnología y desarrollo, que asegure la inclusión de toda la población
al sistema educativo, y el desarrollo de la ciudadanía.
La educación debe
ser transformadora, que haga de Colombia una nación solidaria, sostenible,
tolerante, democrática, comunitaria, responsable y con justicia social; donde
primen la paz y la convivencia pacífica, la igualdad y el respeto por la
diferencia, la historia y la cultura local, y donde se salvaguarden los
derechos humanos. Todo lo anterior está claramente interconectado con la
formación integral y la formación en valores, e influye en las competencias
ciudadanas y educativas de los estudiantes y en el liderazgo de la escuela.
Gracias a una
educación que capacita para enfrentar nuevos retos, un alto grado de
pertenencia y de identidad, el reconocimiento de la diversidad cultural, étnica
y social, articulado con un adecuado manejo de la ciencia y la tecnología, el
país debe avanzar en su desarrollo productivo, en el de las comunidades locales
y en el humano, jalonando el aumento del PIB y la erradicación del
analfabetismo.”
No obstante que desde la
institucionalidad se declaran los Derechos Humanos como un eje transversal en
los procesos de educación ciudadana y de evaluación de las competencias
ciudadanas, el enfoque que se expresa y materializa en el sistema educativo,
toma en cuenta sólo los fundamentos del currículo construidos a partir de la
filosofía, la pedagogía, la psicología y la sociología. No se incluye en ellos
una reflexión desde la sociología jurídica, que garantice una comprensión más
amplia de dicho concepto.
Diez años después el discurso oficial
sobre las competencias ciudadanas no se ha modificado. En el foro llevado a
cabo en noviembre del 2012, Margarita Peña Borrero en representación del ICFES
(Instituto Colombiano para le Evaluación de la Educación), realizó la siguiente presentación: (http://www.mineducacion.gov.co/cvn/1665/w3-article-313987.html).
Se formula la pregunta ¿Por qué se evalúan las competencias
ciudadanas? Y para dar respuesta, hace referencia a la Constitución Política,
La ley General de Educación y los Estándares.
Constitución
política de Colombia, art. 67: “La educación formará al colombiano en el
respeto a los derechos humanos, a la paz y a la democracia; y en la práctica
del trabajo y la recreación, para el mejoramiento cultural, científico,
tecnológico y para la protección del ambiente”.
Ley General de Educación (básica
y media), art. 4.° estableció:
2.
La formación en el respeto a la
vida y a los demás derechos humanos, a la paz, a los principios democráticos, de convivencia, pluralismo,
justicia, solidaridad y equidad, así como en el ejercicio
de la tolerancia y de la libertad.
3.
La formación para facilitar la
participación de
todos en las decisiones que los afectan en la vida económica, política, administrativa
y cultural de la Nación.
6.
El estudio y la comprensión crítica
de la
cultura nacional y de la diversidad étnica y cultural del país, como fundamento
de la unidad nacional y de su identidad.
Los
estándares de formación de competencias ciudadanas “se orientan a desarrollar
las habilidades, destrezas y conocimientos sobre ciudadanía y convivencia en
los estudiantes de todos los rincones del país.” (http://www.mineducacion.gov.co/1621/w3‐
article‐ 235147.html).
Es
fundamental para la sociedad actual dar cuenta de la formación en competencias
ciudadanas, por lo cual es prioritario incluirla como área de evaluación en las
pruebas SABER que buscan medir los desempeños de los estudiantes.
Luego se pregunta: ¿Qué son las competencias ciudadanas? Y se responde
así:
Las competencias
ciudadanas son aquellas capacidades cognitivas,
emocionales y comunicativas que, integradas entre sí y relacionadas con conocimientos y actitudes, hacen posible que el ciudadano actúe de manera activa, solidaria y democrática
en la sociedad.
Luego se habla de los componentes de la prueba para evaluar
competencias ciudadanas y los clasifica en cognitivos y no cognitivos.
Diseño de la prueba cognitiva: ¿qué se espera del estudiante?
Que pueda hacer ejercicios de análisis complejos, poniendo
en juego sus conocimientos y habilidades ciudadanas.
Conocimientos acerca de los fundamentos de la Constitución.
Herramientas de pensamiento para enfrentar problemas
sociales: valoración de argumentos, multiperspectivismo, pensamiento sistémico.
PRUEBA NO COGNITIVA
Dos competencias emocionales centrales para la ciudadanía: empatía y
el manejo de las
emociones. Estas competencias,
en interacción con actitudes (elementos individuales) y con el ambiente de aula
y del colegio, dan cuenta del ejercicio ciudadano. Se evalúan los siguientes
aspectos: convivencia y paz; , Participación y Responsabilidad Democrática;
Pluralidad, identidad y Valoración de las diferencias.
Se puede observar entonces que el concepto de ciudadanía, competencias
ciudadanas y evaluación de las mismas, no se ha modificado desde el discurso
oficial una vez este se incorporó a la
educación hace más de 10 años, y la razón de que este discurso se mantenga obedece a el interés de generar sujetos para el modelo del capital.
Esto implica que la escuela se ve forzada a formar ciudadanos desde las
concepciones de la democracia liberal burguesa, ciudadanos sujetados y
reproductores del sistema, desde la opción del modelo económico neoliberal y
ciudadanos que respondan una ética del deber, y la norma. Es decir, Los
fundamentos de la formación ética y ciudadana centrado en la
heteronomía, el deber, el hábito, la tipificación y la objetivación,
promuevan la formación de un sujeto ciudadano sujetado, normalizado, obediente,
productor y reproductor del sistema.
Es urgente por lo tanto, adelantar el estudio y el debate de nuevas
visiones de ciudadanía que piensa a los ciudadanos en libertad, para la
libertad y desde la libertad, como garantía de humanidad.
BIBLIOGRAFÍA: ICFES. Pruebas Saber 2005.Marco de
interpretación de resultados. Bogotá:
MEN, 2006.
--------. Estudio Internacional de Cívica y Ciudadanía ICCS
2009. Resumen
Ejecutivo. Bogotá: 2010.
--------. Nuevo Examen de Estado. Propuesta General. Bogotá:
MEN, 1999,
MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL. Estándares Básicos de competencias
en lenguaje, matemática, ciencias y ciudadanas. Lo que los estudiantes deben
saber y saber hacer con lo que aprenden. Revolución educativa, Bogotá: Colombia
Aprende, Primera edición, 2006. p. 148
--------. Lineamientos curriculares
Educación ética y Valores Humanos. Bogotá: Edit, Magisterio, 1998.
--------. Estándares Básicos de
Competencias ciudadanas. Formar para la ciudadanía si es posible. Bogotá, 2004.
PEREA, Carlos.(2011). Las prácticas evaluativas de competencias
ciudadanas y la construcción de subjetividades: un análisis sociojurídico.
Bogotá: Universidad Externado de Colombia. Tesis doctoral.